Nuevos requisitos de vacunación y pruebas para Disney Cruise Line a partir del 2 de septiembre

Vacunación contra el COVID-19: para los viajes que salen de los puertos de EE. UU. y Canadá hasta el 1 de septiembre de 2022, Disney Cruise Line requiere que los huéspedes mayores de 5 años estén completamente vacunados contra el COVID-19 en el momento del viaje.

Y a partir del 2 de septiembre de 2022, para los viajes que salen de los puertos de EE. UU. y Canadá, Disney Cruise Line requerirá que los huéspedes mayores de 12 años estén completamente vacunados contra el COVID-19 al momento del viaje.

Para huéspedes mayores de 5 años: Pfizer, Moderna, Johnson & Johnson, AstraZeneca, Covishield, Novavax, Sinopharm BBIBP-CorV (VeroCell), Sinovac-CoronaVac y Covavaxin (Bharat Biotech)

Para huespedes de 4 años o menos: Se acepta Pfizer y Moderna y Sinovac (CoronaVac) para huéspedes de 6 meses a 3 años.

Pruebas de COVID-19 para pasajeros con todas las vacunas:

Los pasajeros con todas las vacunas en viajes que salen de puertos de EE. UU. y Canadá deben proporcionar prueba de un resultado negativo de COVID-19 (pagado por el pasajero) realizado uno o dos días antes de zarpar para estar exentos de las pruebas en la terminal.

Prueba de COVID-19 para huéspedes que no estén completamente vacunados:

Los huéspedes que no estén completamente vacunados deben proporcionar prueba de COVID-19 negativa realizada de uno a 3 días antes de la fecha de salida. La prueba debe ser una prueba de amplificación de ácido nucleico (NAAT), una prueba rápida de PCR o una prueba de PCR basada en laboratorio. No se aceptan pruebas rápidas de antígenos para viajeros que no estén vacunado. Esta será la primera de 2 pruebas requeridas para los huéspedes que no estén completamente vacunados; la segunda prueba se realizará en la terminal el día del embarque.

Huéspedes recuperados recientemente de COVID-19:

En algunos casos, las personas que se han recuperado recientemente de COVID-19 aún pueden dar positivo por el virus. Si los huéspedes dieron positivo dentro de los 11 a 90 días de su fecha de salida, pueden calificar para ser considerados como “Recuperados en 90 días”. Con la documentación adecuada y la aprobación posterior, los pasajeros considerados “recuperados en 90 días” no están obligados a participar en las pruebas de detección de COVID-19 durante las fases previas a la navegación, de embarque o de desembarque de su viaje.

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¡Todos a bordo!

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